Me ha llegado esto por correo y después de mirar un poco por la red parece que sí, que existió esta legislación para los banqueros.
Bueno yo lo copio y pego para que nos podamos hacer ilusiones de la época medieval. ¿Tanto hemos retrocecido desde entonces?
La Taula de Canvis
apareció durante el reinado de Jaime I El Conquistador (1213-1276). La
legislación romana y goda que regían este negocio fue sustituida.
Estos son algunos de los
artículos de esta legislación bancaria:
El 13 de febrero de 1300
se estableció que cualquier banquero que se declarara en bancarrota sería
humillado por todo el pueblo, por un voceador público y forzado a vivir en una
estricta dieta de pan y agua hasta que devolviese a sus acreedores la cantidad
completa de sus depósitos.
El 16 de mayo de 1301 se
decidió que los banqueros estarían obligados a obtener fianzas y garantías de
terceras partes para poder operar, y a aquellos que no lo hicieran no se les
permitiría extender un mantel sobre sus cuentas de trabajo. El propósito de
ello era señalar a todo el mundo que estos banqueros no eran tan solventes como
aquellos que usaban manteles, es decir, que estaban respaldados por fianzas.
Cualquier banquero que rompiera esta regla (por ejemplo, que operase con un
mantel, pero sin fianza) sería declarado culpable de fraude.
Sin embargo, a pesar de todo, los banqueros pronto empezaron a engañar a sus clientes.
Debido a esos engaños,
el 14 de Agosto de 1321 se estableció que aquellos banqueros que no cumpliesen
inmediatamente sus compromisos, se les declararía en bancarrota, y si no
pagasen sus deudas en el plazo de un año, caerían en desgracia pública, lo que
sería pregonado por voceros por toda el pueblo. Inmediatamente después, el
banquero sería decapitado directamente enfrente de su mostrador, y sus
propiedades vendidas localmente para pagar a sus acreedores.
Existen
evidencias documentales de que esto se cumplía.
Por
ejemplo, el banquero catalán Francesc Castelló, fue decapitado directamente
frente a su mostrador en 1360, en estricto cumplimiento de la ley.
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